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Pueden formar parte de una Agrupación o Asociación de Protección Civil todas aquellas personas que estén dispuestos a colaborar en las actividades propias de los servicios de protección civil. La relación que tienen los voluntarios con el municipio se entiende que es gratuita y desinteresada, aun así el voluntario tiene derecho a estar asegurado contra los posibles riesgos. Los menores de edad, bajo el consentimiento de sus tutores legales, podrán participar en actividades formativas de protección civil, creando dentro de la agrupación una sección juvenil, pero nunca podrán participar en los preventivos u operativos que se desarrollen (incendios, intervenciones sanitarias...). Así mismo, en su artículo 1º, punto 2, se determina que "La protección civil es un servicio público en cuya organización, funcionamiento y ejecución participan las diferentes Administraciones Públicas, así como los ciudadanos mediante el cumplimiento de los correspondientes deberes y la prestación de su colaboración voluntaria". Todas estas labores se realizan mediante los diferentes planes de protección civil y con las medidas de autoprotección en ellos incluidos.
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